miércoles, 3 de julio de 2013

Derechos Humanos

                                        INTRODUCCIÓN






                    El ser humano con el pasar de los años, ha vivido en conjunto a sus pares en una suerte de hermandad relativa, siendo necesarias normas para llevar control de los abusos que han ido surgiendo a la vida, hablamos de guerras, crímenes o faltas dentro de la misma  humanidad, las  normas generadas para evitar abusos les llamaremos derechos humanos. Estos derechos son de todo ser humano sin excepción, se encargan de dar libertad, protección y de dar garantía de una vida digna.
Es nuestro deber como humanos y profesionales en formación el estar informados sobre los derechos de los pacientes y a la vez los nuestros,  refiriéndonos a algunos artículos para responder a las inquietudes del presente trabajo y contemplar las leyes en las cuales debemos regirnos. Dado los casos en que aun con estas normas los derechos humanos no se respetan en su totalidad nuestro deber es hacer la diferencia y ser profesionales de alta calidad humana.
Hay que tomar en cuenta que no toda la gente tiene presente sus derechos por lo que entramos en una problemática en donde los derechos de las personas puedan ser quebrantados o violados por otros humanos, en modo de introductorio del presente trabajo, tomamos en cuenta que los derechos humanos deben ser respetados por todos pero podría llegar a ser una suerte de idea idónea ya que siempre hay problemas con el respeto de estos entre los seres humanos.
Presentamos información crucial sobre los derechos humanos que nos darán a entender de mejor forma en cómo funciona la fuerza que ejercen estos derechos y como estos rigen el área de la salud, con esto poder generar distintas opiniones y poder realizar  una discusión a nivel grupal con respecto al tema planteado.












MARCO CONCEPTUAL


1.    Concepto

      Empezando primero por el término derecho, éste se vincula a las libertades permitidas y garantizadas, por lo tanto derechos humanos se refiere a las garantías inherentes al hecho de ser humano.
Los derechos humanos no distinguen nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua ni ninguna otra condición; todos poseemos los mismos derechos humanos sin discriminación, los cuales se interrelacionan de manera interdependiente e indivisible.

      La OHCHR (s.f.) nos indica que estos derechos están contemplados y garantizados por la ley a través de tratados o derechos consuetudinarios internacionales, donde se establecen obligaciones que deben tener los gobiernos para tomar medidas o abstenerse en ciertas ocasiones específicas, así resguardando y promoviendo los derechos estipulados.  

      Para poder entender mejor qué son los derechos humanos, el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (2008) nos muestra cómo podemos identificar cuáles son sus características:

·         Universales, todos poseemos derechos independientemente de nuestra condición u origen.
·         Inalienables o intransferibles, no podemos renunciar ni negociar nuestros derechos sin perturbar nuestra dignidad
·         Acomulativos, imprescriptibles o irreversibles, a través del tiempo se pueden adquirir más derechos debido a las necesidades que surjan.
·         Inviolables, no se puede atentar contra ellos.
·         Obligatorios, se le obliga al Estado y a todas las personas respetar los derechos humanos, aunque no haya una ley que lo estipule.
·         Trascendentes a las fronteras nacionales, cuando se cree que el Estado está violando los derechos, la comunidad internacional puede intervenir.
·         Indivisibles, interdependientes, complementarios y no jerarquizables, al estar relacionados entre sí los derechos tienden a no separarse debido a que la importancia entre ellos es la misma.

2.    Reseña

     En épocas pasadas no existían los derechos humanos como un dogma, se pasaban a llevar sin ninguna empatía hacia el otro sin ningún discernimiento, es por esto que luego de la tormentosa Segunda Guerra Mundial brotó la idea de una estipulación de estos derechos. Así es como surge en 1948 la Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unida, y luego contando además con el apoyo de los Estados del Consejo de Europa, en 1950 suscribieron la Convención Europea para la salvaguarda de los derechos del hombre y las libertades fundamentales, en donde se estipulan los siguientes artículos (OHCHR, s.f.):

Art. 1º.- Todos los seres humanos nacen libres en igualdad y derechos.
Art. 2º.- Toda persona tiene los derechos y libertades de esta Declaración. Sin
distinción de raza, sexo, religión, idioma o política.
Art. 3º.- Todo individuo tiene derecho a la vida, la seguridad y la libertad personal.
Art. 4º.- Nadie estará sometido a la esclavitud y la servidumbre.
Art. 5º.- Nadie será sometido a tortura, trato cruel, inhumano o denigrante.
Art. 6º.- Todo humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Art. 7º.- Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.
Art. 8º.- Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo que le ampare contra actos que violen sus derechos.
Art. 9º.- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, arrestado ni apresado.
Art. 10º.- Toda persona tiene derecho a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial para determinar sus derechos y obligaciones.
Art. 11º.- Todo acusado de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia, mientras no se pruebe su culpabilidad.
Art. 12º.- Nadie será objeto de acciones arbitrarias en su familia, su vida privada, su persona, ataques a su honra o reputación.
Art. 13º.- Todos tienen derecho a circular libremente y elegir su residencia en un Estado determinado.
Art. 14º.- En caso de persecución tiene derecho a buscar asilo en cualquier país.
Art. 15º.- Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
Art. 16º.- Hombres y mujeres en edad núbil tiene derecho a casarse, formar  una familia con igualdad de derechos y en caso de divorcio compartir responsabilidades con los hijos.
Art. 17º.- Toda persona tiene derecho a la propiedad individual y colectiva.
Art. 18º.- Toda persona tiene libertad de pensamiento, religión y conciencia.
Art. 19º.- Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión.
Art. 20º.- Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y asociación pacífica.
Art. 21º.- Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.
Art. 22º.- Toda persona tiene derecho a la seguridad personal.
Art. 23º.- Toda persona tiene derecho a un trabajo, a elegirlo y a percibir a trabajo igual, salario igual.
Art. 24º.- Toda persona tiene derecho al descanso al disfrute de su tiempo libre y a vacaciones periódicas y pagadas.
Art. 25º.- Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado, a la salud, y al bienestar, al vestido, vivienda, asistencia médica, servicios sociales, seguros de (desempleo, invalidez, viudez, enfermedad, etc.)
Art. 26º.- Toda persona tiene derecho a la educación.
Art. 27º.- Toda persona tiene derecho a tomar parte en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y del progreso científico.
Art. 28º.- Toda persona tiene derecho a gozar del orden nacional e internacional para que sus derechos sean efectivos.
Art. 29º.- Toda persona tiene deberes con su comunidad.
Art. 30º.- Nada en esta Declaración podrá tener otra interpretación, ni suprimir cualquier libertad de la misma.



3.    Organizaciones político administrativas que velan por cumplimiento de los derechos

      Los derechos humanos universales, son respaldados por la ley que vigilia y garantiza su cumplimiento por medio de tratados u otras concesiones establecidas a través del tiempo. Los gobiernos de cada nación deben estados procurar evitar interferir en el gozo de los derechos humanos, así evitar limitarlos de ninguna manera, precisamente su obligación es protegerlos.
También tomar medidas sobre el asunto y promover instancias que protejan los derechos universales y las libertades básicas de cada individuo o grupo humano. Los estados deben procurar evitar interferir en el gozo de los derechos humanos, no deben limitarlos de ninguna manera, precisamente su obligación es protegerlos
     
      La oficina de alto comisionado de los derechos humanos establece que  “existen nueve órganos de tratados creados en virtud de los tratados de derechos humanos que supervisan la aplicación de los principales tratados internacionales de derechos humanos”:

1.Comité de Derechos Humanos(CCPR)

2.Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales (CESCR)
3.Comité para la eliminación de la discriminación racial (CERD )
4.Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer (CEDAW)
5.Comité contra la tortura (CAT)
6.Subcomité para la prevención deTortura(SPT)
7.Comité de los derechos del niño (CRC)
8.Comité para la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (CMW)
9.Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad (CRDP)
10.Comité contra las desaparaciones Forzadas (CED)


4.    Países adscritos a la aplicación de los derechos

      Desde la Organización de las Naciones Unidas nace el Comité de las Naciones Unidas creado el 15 de marzo del 2006 en asamblea el general. Los miembros de la ONU conformes a dar prioridad  y respetar los derechos humanos luchan contra los votos en desacuerdo de Estados Unidos, Israel, Palaos y islas  Marshall

      La primera elección de los miembros del consejo determina que los integrantes son:

·         En estados africanos: Argelia, Camerún, Gabón, Ghana, Mali, Mauricio, Marrueco, Nigeria, Senegal, Sudafrica, Tunes, Yibuti y Zambia
·         En estados del Asia: Arabia Saudita, Barein, Bangladesh, Corea del Sur, Filipinas, India, Indonesia, Japón, Jordania, Malasia, Pakistán, Republica Popular China y Sri Lanka
·         En estados de Europa Oriental: Azerbaiyán, Republica Checa, Polonia, Rumania, Rusia y Ucrania.
·         En América  Latina y el Caribe : Argentina, Brasil , Cuba ,Ecuador ,Guatemala, México ,Perú y Uruguay
·         En Europa Occidental y otros estados: Alemania, Canadá, España, Finlandia, Francia, Países, Bajos, Reino Unido y Suiza.

      A través del mundo existen 12 oficinas de país y además oficinas de carácter independientes , de tal manera que se encuentran  ubicadas  desde fines del 2010 en Bolivia, Camboya, Colombia, Guatemala , Guinea , Mauritania, México, Nepal, Territorios Palestinos ( Oficina independiente) ,Kosovo (Serbia) , Togo y Uganda.

      La responsabilidad de tales oficinas se enfoca en el resguardo social, información pública, asistencia técnica, asesoramiento y  desarrollo de capacidades para la defensa de los DD.H


5.    Lineamientos o directrices existentes en sistema de salud y educación que permiten  la aplicación de los derechos en el ejercicio profesional que se enmarca en estas áreas.

            Siendo profesionales en estas aéreas hay leyes que respaldan el derecho a la salud y a la educación para eso nos referiremos al Artículo 19 de la constitución el cual asegura con los siguientes fragmentos los puntos anteriormente nombrados
1°El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona. La ley protege la vida del que está por nacer.
9°El derecho a la protección de la salud. El estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo. Le corresponderá, asimismo, la coordinación y control de las acciones relacionadas con la salud.
Es deber preferente del estado garantizar la ejecución de las acciones de salud, sea que se presten a través de instituciones públicas o privadas, en la forma y condiciones que determine la ley, la que podrá establecer cotizaciones obligatorias. Cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea éste estatal o privado;

10° El derecho a la educación.
La educación tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida.
Los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos. Corresponderá al estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho.
Como se puede observar, estos puntos aseguran el deber del profesional en ayudar a garantizar el cumplimiento de los derechos a la salud y a la educación, el ejercer profesiones en función a estas aéreas van estrechamente ligadas a los ámbitos legales presentes en los derechos humanos.


DESARROLLO



1.    Crítica reflexiva sobre aspectos o implicancias del quehacer fonoaudiológico y la temática trabajada

En cuanto a nuestro rol como profesionales, el fonoaudiólogo se relaciona en su terapia de rehabilitación con varios derechos. Entre ellos la igualdad de derechos, como profesionales nos encargamos de diagnosticar y rehabilitar a pacientes con distintos tipos de trastornos que merecen ser tratados como corresponde independiente de su raza, sexo, religión, idioma o política. Al momento de entrar en terapia con ellos, todas estas características no adquieren mayor importancia, todos nuestros pacientes son iguales al momento de trabajar con ellos, debemos estar siempre dispuestos a ayudar a quien sea. Teniendo en cuenta el trato que debemos tener con ellos, siempre acorde a su nivel socio económico, un lenguaje adecuado para que exista una claridad en cuanto a lo que trabajaremos con ellos y un trato respetuoso que en lo posible sea mutuo, es decir una buena relación con el paciente para que mis derechos como profesional tampoco sean sobrellevados. Por otra parte es de suma importancia respetar la independencia y libertad en las decisiones que tome el paciente, presentarle estrategias de tratamiento, beneficios que este acarrea, tiempo de tratamiento y metodología a utilizar,  para que el en su libertad decida, dándole a conocer siempre que todo será en pro de su bienestar. No podemos obligar a un paciente, pero podemos guiarlo en tomar una decisión correcta en beneficio de su salud y recuperación. Estamos tratando directamente con seres humanos libres de adoptar o no una postura ante un tratamiento médico o de rehabilitación.


CONCLUSIÓN

Es fundamental el cumplimiento de los derechos humanos, vivimos en una sociedad que acostumbra a pasar a llevar a los demás porque simplemente no son iguales a ellos, frente a una desigualdad de clases sociales impresionante en todos los ámbitos de calidad de vida, aún no logramos que exista un equilibrio entre nosotros y tampoco está inculcado que al fin y al cabo todos somos iguales.  En épocas anteriores, éstos derechos fueron brutalmente violados, el ser humano era vulnerable, hoy en día claramente no es llegar e ignorarlos, pero aún así nos encontramos ante personas que se sienten con la autoridad de decidir sobre otros, lo vemos en casos como el aborto, o bien casos de inmigrantes explotados laboralmente. Temas tan comunes en nuestra sociedad, que aún no son totalmente digeridos por la población, como lo son por ejemplo, el derecho a la libertad de opinión y expresión, estamos frente a un escenario en donde la gente intenta cada día hacerse escuchar más, sentirse libres de sentir, valga la redundancia, esperando la aceptación de parte de sus pares en temas tan polémicos como la homosexualidad, consumo libre de marihuana para tratamientos médicos, o algo tan latente como lo es un derecho a una educación digna e igualitaria para todos. Como futuros profesionales de la salud, debemos en nuestra formación académica fortalecer nuestros ideales y el respeto por éstos derechos, aprender a tratar con todos y velar por el cumplimiento y puesta en acción de éstos derechos que son inviolables y obligatorios.












REFERENCIAS

OHCHR Office of the High Commissioner for Human Rights. (sf.) ¿Qué son los derechos humanos? [En línea]. Extraído el día 9 de Junio de 2013, desde: http://www.ohchr.org/

Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos. (2008). Conceptos y Características de los Derechos Humanos. Provea: Caracas, Venezuela. ? [En línea]. Extraído el día 9 de Junio de 2013 desde: http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/tdnb_05.pdf




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